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Cómo calcular el impuesto a la renta del trabajo

Intentaremos brindar algunas aproximaciones importantes, con el fin de conocer mejor este tributo que afecta a todos los trabajadores formales.

Uno de los temas de finanzas personales más útiles, pero también más complejos de entender, es el cálculo del Impuesto a la Renta (IR) del trabajo (4ta y 5ta categoría), el cual se vuelve más confuso todavía con los cambios del valor de la UIT y las propuestas de reforma tributaria que pretenden modificarlo.

| Fuente: Andina

No obstante, intentaremos brindar algunas aproximaciones importantes, con el fin de conocer mejor este tributo que afecta a todos los trabajadores formales.

 

La base de cálculo: los ingresos anuales

Lo primero que se debe tener en cuenta, es que la base para calcular el IR, tanto en 5ta categoría (planilla) como en 4ta categoría (recibo por honorarios), no es el ingreso mensual, sino el anual. Si bien se paga el tributo cada mes en la mayoría de los casos, al final del año se realiza un cálculo de los ingresos totales de los 12 meses, y sobre ello se determina el impuesto final.

En el caso de la 5ta categoría, se suman todos los ingresos de la planilla (excepto la CTS), tales como sueldos, gratificaciones, participación de utilidades, horas extras, comisiones, bonos, etc. Por ejemplo, si durante el año gané 12 sueldos fijos mensuales de S/10,000, recibí mis 2 gratificaciones de S/10,000 (en julio y diciembre) y obtuve participación de utilidades de S/20,000, mi sueldo anual será de S/160,000.

En el caso de la 4ta categoría, también se suman todos los recibos por honorarios del año, pero aquí se resta el 20% (“deducción”), por lo que solo se considera el 80% del total. Es decir, si, por ejemplo, emití recibos por honorarios en el año por S/100,000, tributaré solo por S/80,000.

 

Se tributa por persona, no por categoría

A diferencia de las otras categorías del IR, en el caso de las rentas del trabajo, se suman los ingresos anuales ganados de 5ta categoría más 4ta categoría, para determinar la base anual del impuesto.

Así, siguiendo los ejemplos anteriores, si por planilla obtuve un ingreso anual de S/160,000 y por recibos por honorarios se consideran S/80,000 anuales, mi ingreso total por rentas del trabajo será de S/240,000, y sobre este monto se calculará el tributo a pagar.

 

Las tasas del IR: tramos escalonados

Una vez determinado el ingreso anual de todas mis rentas del trabajo, el siguiente paso será calcular el monto del impuesto, que suele ser la parte más compleja.

La dificultad radica en que no se trata de una sola tasa, sino de 6 tasas diferentes que se aplican por “tramos”, los cuales están en función de la UIT (S/4,600 para 2022).

El primer tramo es para las 7 UIT iniciales de ingreso anual (S/32,200 para 2022), en donde la tasa es de 0%, es decir, no se paga IR alguno.

El segundo tramo es para las siguientes 5 UIT de ingreso anual (S/23,000 para 2022), en donde la tasa es 8%.

El tercer tramo es para las siguientes 15 UIT de ingreso anual (S/69,000 para 2022), en donde la tasa es 14%.

El cuarto tramo es para las siguientes 15 UIT de ingreso anual (S/69,000 para 2022), en donde la tasa es 17%.

El quinto tramo es para las siguientes 10 UIT de ingreso anual (S/46,000 para 2022), en donde la tasa es 20%.

El sexto y último tramo es para los ingresos mayores a las 52 UIT acumuladas (sumando los 5 tramos anteriores), en donde la tasa es 30%.

Manteniendo el ejemplo descrito, si mi ingreso anual es de S/240,000, el cálculo de mi IR será el siguiente:

  • Mis primeros S/32,200 de ingreso anual, pagarán 0% (no pagan IR).
  • Los siguientes S/23,000 de ingreso anual, pagarán 5% (IR = S/1,840)
  • Los siguientes S/69,000 de ingreso anual, pagarán 14% (IR = S/9,660)
  • Los siguientes S/69,000 de ingreso anual, pagarán 17% (IR = S/11,730)
  • Los siguientes S/69,000 de ingreso anual, pagarán 20% (IR = S/9,200)
  • Los S/800 que “faltan” para llegar a S/240,000 de ingreso anual, pagarán 30% (IR = S/240).

Sumando todos los pagos en cada tramo, pagaré el total un IR anual de S/32,670.

 

El pago mensual

Finalmente, hay que tener en cuenta que, si bien el IR es anual, se deben realizar “pagos a cuenta” mensuales.

Para las personas en planilla (5ta categoría), la empresa o empleador descontará del sueldo mensual un monto por concepto de IR en función del ingreso anual proyectado, el cual se ajustará cada mes, con el fin de que el cálculo del año sea el correcto.

En el caso de los recibos por honorarios (4ta categoría), usualmente se realiza un “pago a cuenta” del 8% de IR por cada comprobante que se emite, pero a fin de año se realiza el cálculo real, y se pagará la diferencia (si la hubiera) en marzo o abril del año siguiente, cuando se presenta la Declaración Jurada de IR.

NOTA: “Ni el Grupo RPP, ni sus directores, accionistas, representantes legales, gerentes y/o empleados serán responsables bajo ninguna circunstancia por las declaraciones, comentarios u opiniones vertidas en la presente columna, siendo el único responsable el autor de la misma.
Jorge Carrillo

Jorge Carrillo Administrador

Docente de Pacífico Business School. Administrador. Máster en Gerencia de Riesgos y Gestión de Seguros por ENA. Exsubgerente Comercial en RIMAC Seguros y Gerente Comercial en Crecer Seguros.

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