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AFP: Congreso promulgó ley que reduce edad de jubilación anticipada

La iniciativa fue aprobada pese a la oposición de entidades como el Ministerio de Economía, la SBS y el BCR.
La iniciativa fue aprobada pese a la oposición de entidades como el Ministerio de Economía, la SBS y el BCR. | Fuente: Andina

Ahora los afiliados de las AFP que tengan 50 años a más y se encuentren desempleados podrán acceder al régimen de jubilación anticipada (REJA).

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El Congreso de la Repúblia promulgó la autógrafa de la ley que reducirá la edad mínima para que los afiliados de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) accedan al régimen de jubilación anticipada (REJA).

“Después de haber transcurrido el plazo legal para que el Poder Ejecutivo pueda pronunciarse y al no existir observación alguna, corresponde al Poder Legislativo promulgarla”, dijo María del Carmen Alva, presidenta del Congreso.

La iniciativa, que fue aprobada por el Congreso anterior a inicios de julio, permitiría que tanto hombres como mujeres puedan jubilarse en las AFP desde los 50 años de edad al modificar el Régimen Especial de Jubilación Anticipada para Desempleados.

Con esta ley, los afiliados de 50 años a más que se encuentren desempleados podrán recibir una pensión siempre y cuando el monto de su jubilación sea "igual o superior al 40% del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas durante los últimos 120 meses".

Para el cálculo de la pensión no se tomarán en cuenta los aportes voluntarios con fin previsional o sin fin previsional que excedan el 20% de la cuenta de aportes obligatorios con una permanencia menor a nueve meses.

Además, indican que esta jubilación anticipada da derecho a la redención del Bono de Reconocimiento a los dos años siguientes de su acogimiento o cuando el afiliado cumpla 65 años.

Luego de entrada en vigencia la ley, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) tendrá un plazo de máximo 30 días para determinar el procedimiento operativo que permita cumplir con esta norma.

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