Con este fallo, el Poder Judicial pone límites claros a la intervención del Estado en el nuevo terminal portuario, reconociendo su naturaleza de propiedad privada.
En una decisión clave para la inversión privada, el Primer Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima ha declarado fundada la acción de amparo presentada por Cosco Shipping Ports Chancay Perú S.A. contra el organismo regulador Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán).
Con este fallo, el Poder Judicial pone límites claros a la intervención del Estado en el nuevo terminal portuario, reconociendo su naturaleza de propiedad privada.
El juez Juan Carlos Nuñez Matos determinó que OSITRAN debe "abstenerse de ejercer -directamente o a través de sus dependencias u organismos técnicos adscritos- sus facultades de regulación, supervisión, fiscalización y sanción" sobre las actividades del puerto.
La única excepción a esta regla será la fijación de tarifas a usuarios finales, y solo si el Indecopi confirma previamente que no hay competencia en el mercado.
¿Cómo surge el conflicto entre Cosco Shipping y Ositrán?
El conflicto surgió porque, según los antecedentes, Ositrán cambió su postura inicial y pretendía aplicar al puerto de Chancay un régimen de regulación integral, similar al de los puertos públicos o aquellos que el Estado entrega en concesión. Sin embargo, la resolución resalta que el megapuerto de Chancay fue construido y financiado íntegramente con capital privado, sin subsidios estatales ni contratos de concesión.
En el texto de la sentencia, el magistrado subraya que no se puede tratar igual a un puerto privado que a uno estatal. Según las fuentes, el juez argumentó que "el uso público no convierte al bien en dominio público ni lo somete automáticamente a un régimen concesional o regulatorio pleno".
Para la justicia, forzar esta regulación sobre una infraestructura privada vulneraría derechos fundamentales como la propiedad y la libertad de empresa.
Finalmente, el fallo declara inaplicables diversas normas y reglamentos que OSITRAN pretendía usar para supervisar al terminal, concluyendo que "desconocer esta distinción implica vaciar de contenido la categoría jurídica de 'puerto privado'" y convertirlo, sin sustento legal, en una infraestructura sujeta a control público total. De esta manera, se busca garantizar la seguridad jurídica para los inversionistas del proyecto.