En Ampliación de Noticias, el abogado constitucionalista Heber Joel Campos manifestó su preocupación con la norma que establece la bicameralidad, entre otros motivos, por el poder que tendrá el Senado de tener la palabra final sobre el rechazo, modificación y/o aprobación de una iniciativa legislativa. Por su parte, el el también constitucionalista Carlos Torres Caro señaló que esta norma presenta errores e inconsistencias.
Lima
Heber Joel Campos: "Senado va concentrar un poder que no se conocía"
El último 20 de marzo, el gobierno promulgó la “Ley de Reforma Constitucional que Restablece la Bicameralidad en el Congreso de la República”. Esto implica que a partir de las próximas elecciones el Parlamento contará con dos cámaras, una de 130 diputados y otra de 60 senadores. Distintos especialistas han manifestado que es un acierto regresar al sistema bicameral porque fortalece la institución democrática del país; sin embargo, también han criticado el diseño específico de esta Norma.
El abogado constitucionalista Heber Joel Campos consideró que el Congreso debió hacer los esfuerzos correspondientes para convencer a la población sobre beneficios de la bicameralidad y promover un debate previo mucho más amplio y plural. “Hubiese correspondido generar un escenario de deliberación (…) en el que participaran diferentes actores políticos, institucionales, académicos que hubiesen aportado a una discusión más rica y productiva”, opinó el especialista en Ampliación de Noticias.
En la misma línea, el abogado constitucionalista Carlos Torres Caro criticó la modificación constitucional que realizó este Parlamento. “Es una burla porque es una repetición de funciones. Todas las taras, todos los errores, todas las inconsecuencias que ya habíamos detectado con la experiencia (…) se han repetido los mismos defectos y ninguna virtud.”, indicó a RPP.
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Concentración de poder en el Senado
Uno de los principales cambios que trae consigo el retorno a la bicameralidad es la forma en la que los parlamentarios darán leyes y resoluciones legislativas. Para que una iniciativa sea aprobada, se necesitará la intervención de las dos cámaras. Primero se dará un debate en la cámara de diputados hasta la aprobación de un texto, luego este se pasará a la cámara de senadores. En el Senado esta iniciativa se podrá aprobar, rechazar o modificar.
Heber Joel Campos, quien también se desempeña como profesor asociado de la Facultad de Derecho de la PUCP considera “problemático” que en esta instancia se puedan modificar los dictámenes aprobados en la cámara de diputados. “[La cámara de senadores] puede hacer modificaciones [al texto del dictamen] sin que la cámara de diputados luego pueda intervenir para defender su iniciativa original”, puntualizó.
En ese sentido, el especialista aseguró que el Senado va a concentrar un poder que no se conocía en la tradición constitucional del país. “La cámara de diputados no tendrá ninguna manera de volver a intervenir en la decisión que la cámara de senadores habrá tomado. La cámara de senadores tendrá la palabra final”, sentenció.
Campos Bernal, explicó que en anteriores constituciones había un mecanismo que permitía una coordinación entre ambas cámaras. Indicó que así funciona el sistema bicameral de países como Chile o Colombia, en donde si no es posible la conciliación, existe un sistema que impide que una de las cámaras tome una decisión unilateral.
Reelección parlamentaria
La nueva norma sobre la bicameralidad trae de vuelta la reelección parlamentaria y deja sin efecto el artículo 90-A de la Constitución que establece que los congresistas no pueden ser elegidos por un nuevo periodo de manera inmediata. Por ejemplo, para ser senador uno de los requisitos es haber sido congresista o diputado o tener más de 45 años. Lo que significa que los que hoy son parte del Parlamento pueden postular al Senado en las próximas elecciones.
El abogado se mostró a favor de la reelección de congresistas porque permite que otros desarrollen sus carreras políticas, pero cuestionó que congresistas o excongresistas menores de 45 años tengan esa posibilidad. “La edad siempre ha sido una suerte de requisito para garantizar cierta idoneidad para una cámara que se asume como reflexiva”, señaló.
Mecanismo de elección de diputados y senadores
El sistema con el cual se elegirán a los futuros senadores mereció otro cuestionamiento por parte especialista. Actualmente a los Congresistas se los elige a través de la figura del distrito electoral múltiple. La actual reforma indica que a los diputados se les seguirá eligiendo de la misma manera, y del mismo modo a casi la mitad de los senadores.
Ante esto, el abogado constitucionalista considera que el mecanismo de elección no debe ser el mismo porque no garantiza que el tipo de representación que se ejerza en una cámara sea distinto a la de otra.
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