El titular de Justicia, Daniel Maurate, afirmó que una amnistía para el expresidente Pedro Castillo significaría que en el Perú cualquier persona podría dar un golpe de Estado y luego ser perdonado.
Lima
"Una amnistía a Pedro Castillo significaría un mal precedente porque estaríamos señalando que en el Perú cualquier persona podría dar golpe de Estado y nosotros perdonaríamos", señaló Daniel Maurate.
El ministro de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh), Daniel Maurate Romero, afirmó que una eventual aprobación de la ley de amnistía que promueve el congresista Guido Bellido (Perú Bicentenario) a favor del expresidente Pedro Castillo, dejaría un mal precedente en el país para los que intenten perpetrar un golpe de Estado.
"Una amnistía a Pedro Castillo significaría un mal precedente porque estaríamos, de alguna manera, señalando que en el Perú cualquier persona podría dar golpe de Estado y nosotros perdonaríamos, porque amnistía significa perdón, con lo cual desestabilizamos al Estado peruano", señaló el titular de Justicia en Ampliación de Noticias.
"De ninguna manera (sobre amnistiar a Castillo Terrones), en general no estoy de acuerdo con amnistías porque eso en todo caso corresponde a evaluaciones más grandes que yo, así a boca de jarro, no podría decir", añadió.
En ese sentido, manifestó que "yo creo que a las personas que han cometido un golpe de Estado, que es una de las acciones más graves que hay, no debería haber perdón y en consecuencia no debería haber amnistía".
Cabe recordar, que el legislador Guido Bellido presentó un proyecto de ley que concede amnistía a quienes participaron en la redacción y lectura del documento que contiene el mensaje a la Nación del pasado 7 de diciembre del 2022, cuando el exmandatario Pedro Castillo intentó llevar a cabo un golpe de Estado.
Corte Suprema rechazó archivar investigación contra Pedro Castillo por fallido golpe de Estado
El expresidente Pedro Castillo seguirá afrontando una investigación preparatoria en el Ministerio Público por el fallido golpe de Estado que protagonizó el pasado 7 de diciembre de 2022.
Esto debido a que el juez supremo Juan Carlos Checkley declaró infundado el recurso de excepción de improcedencia de acción, que interpuso el exmandatario a través de su defensa legal, en el que sostenía que los hechos que se le imputa no constituyen delito o sin connotación penal y consecuencia se debía disponer el archivo definitivo de la causa.
El magistrado desestimó estos argumentos al determinar que los hechos por los cuales la Fiscalía formalizó la investigación preparatoria por el delito de rebelión y alternativamente por el cargo de conspiración para rebelión que se atribuye a exmandatario “sí constituyen delito” y, si el alzamiento de armas efectivamente se produjo, deberá ser determinado en el estadio procesal pertinente, tras la valoración probatoria correspondiente.
En prisión preventiva
Sobre el argumento de la defensa legal de Pedro Castillo, respecto a que no correspondería procesarlo penalmente por este caso, ya que fue sancionado políticamente por el Congreso de la República que lo despojó de su investidura presidencial; el juez supremo Checkley Soria precisó que no nos encontramos ante un juicio de naturaleza política o parlamentaria, sino ante un procesamiento judicial en razón de una imputación de naturaleza penal por la comisión de diversos delitos, por lo que la vacancia presidencial que pueda declarar el Parlamento no exime de responsabilidad penal.
El expresidente Pedro Castillo cumple 18 meses de prisión preventiva en el Establecimiento Penitenciario de Barbadillo, ubicado en el distrito limeño de Ate, a raíz de este caso.
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