El Decreto Supremo del Ejecutivo indica que el plazo de la restricción podrá ser ampliado "en merito a la información que le proporcione la Autoridad de Salud sobre la evolución de la pandemia del coronavirus (COVID-19)".
El gobierno hizo oficial este viernes la medida de suspender los vuelos desde y hacia Europa y Asia como parte de las medidas preventivas contra la propagación en el país del nuevo coronavirus (COVID-19), considerado como una pandemia por la Organización Mundial de la Salud (OMS)
El Decreto Supremo publicado en el diario el Peruano, indica que la medida se aplicará desde el lunes 16 de marzo y tendrá una vigencia de 30 días.
Además, se indica que "el referido plazo podrá ser ampliado [...] en merito a la información que le proporcione la Autoridad de Salud sobre la evolución de la pandemia del coronavirus (COVID-19)".
La resolución firmada por el presidente Martín Vizcarra, y los ministros Vicente Zeballos (PCM), Elizabeth Hinostroza (Ministerio de Salud) y Carlos Lozada Contreras (Ministerio de Transportes), precisa que la medida aplica para "vuelos internacionales de aviación comercial y aviación general".
La medida restrictiva ya había sido anunciada la noche del jueves por la flamante Comisión Multisectorial de Alto Nivel contra el Coronavirus creada por el Ejecutivo para hacer frente a la pandemia.
Mediante un comunicado, este grupo de trabajo precisó que mantuvo su primera sesión y que la suspensión era su primera medida para evitar el contagio del nuevo coronavirus.
La comisión multisectorial fue conformada mediante Resolución Ministerial N°083-2020-PCM y estará presidida por la Presidencia del Consejo de Ministros y la integrarán los titulares de Salud, Defensa, Interior, Comercio Exterior y Turismo, Transportes y Comunicaciones, Economía y Finanzas, además de Educación. También contará con representación de la presidenta ejecutiva de EsSalud, la superintendente nacional de Migraciones, el jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil y un representante de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales.
Tendrá entre sus funciones la coordinación y articulación de las acciones de prevención, protección y control del COVID-19 mediante las diversas entidades con competencia en la materia. Propondrá acciones y actividades, además de seguir los casos y dar medidas que se complementen con el cumplimiento d ellos objetivos del Gobierno en esta situación.
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