La defensa de Keiko Fujimori presentó un recurso de tutela de derechos para excluir las declaraciones, pues señalaron que no se les permitió contrainterrogar a los testigos. Al respecto, el juez Víctor Zúñiga señaló que si estas declaraciones son admitidas en el control de acusación la defensa podrá contrainterrogar durante el juicio oral.
El Poder Judicial rechazó el pedido que presentó la defensa legal de Keiko Fujimori, a fin de excluir las declaraciones de cinco testigos dentro del proceso penal que se le sigue por los aportes a sus campañas presidenciales de 2011 y 2016.
Así lo dispuso el juez Víctor Zúñiga Urday, quien desestimó un recurso de tutela de derechos con el cual la excandidata pidió excluir las declaraciones de los exejecutivos de Odebrecht Jorge Barata, Marcos Queiroz y Luis da Rocha Soares, además de las del empresario Gonzalo Monterverde y la jueza Edita Condori.
La defensa legal de la lideresa de Fuerza Popular señaló como argumento para esta solicitud que el Ministerio Público no les permitió contrainterrogar a estos testigos dentro de este proceso penal.
Determinación del juez
Sin embargo, el magistrado determinó, en la audiencia virtual realizada el último 6 de octubre, que el Ministerio Público no vulneró derecho alguno al incorporar las declaraciones de estos testigos en el dictamen acusatorio que presentó sobre el caso.
En esa línea, precisó que en caso estas declaraciones fueran admitidas durante la etapa de control de la acusación fiscal, el derecho de la defensa legal de la excandidata a contrainterrogar a estos testigos puede darse en la etapa de juicio oral.
Ante esta decisión por parte del juez Zúñiga Urday, Fiscalía se mostró conforme, mientras que la defensa de la excandidata presidencial anunció que presentaría una apelación al respecto de este fallo judicial.
Defensa de Mark Vito pide excluir a su empresa de proceso penal
Además, la defensa legal de Mark Vito, esposo de Keiko Fujimori pidió a la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional que deje sin efecto la incorporación de su empresa MVV Bienes Raíces S.A.C dentro de este proceso penal.
El requerimiento fue planteado aduciendo falta de pruebas y que no se le dio el tiempo suficiente para ejercer la defensa de eta empresa como “persona jurídica”.
Al respecto, la fiscal superior adjunta Nelly Tapia pidió a la sala rechazar la solicitud al precisar que dicha empresa fue incorporada al proceso en diciembre de 2020, antes de que se presentara la acusación fiscal sobre el caso, por lo que sí hubo tiempo para su defensa legal.
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