El magistrado aprobó el pedido de la Fiscalía de Lavado de Activos tras considerar dos elementos principales: los elementos de convicción y el peligro procesal. Pero, ¿qué fundamentos hay detrás de cada uno? Aquí te contamos.
Keiko Fujimori y otras 19 personas deberán pasar los siguientes diez días bajo arresto luego de que el Poder Judicial ordenó su detención preliminar por un presunto lavado de aportes de Odebrecht dentro de Fuerza Popular. Como se informó en el desarrollo de la noticia, la medida está relacionada con las investigaciones que sigue el fiscal de Lavado de Activos, José Domingo Pérez, y se conecta en parte con el caso Cócteles.
RPP Noticias accedió al Expediente Nº 00299-2017-28-5001-JR-PE-01, donde el magistrado Richard Concepción Carhuancho, titular del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Sala Penal Nacional, fundamenta la decisión contra Fujimori como lideresa de una supuesta organización criminal. La orden judicial también afecta a Jaime Yoshiyama y Augusto Bedoya como presuntos secretarios encargados de la captación del dinero, a Adriana Tarazona como tesorera y administradora, y a otras personas como supuestas movilizadoras de la suma que, en total, superaría el millón de dólares.
Los elementos que convencieron al juez
En su resolución, Concepción Carhuancho analiza y valida los indicios, las pruebas y los hechos recopilados y alcanzados por el fiscal Pérez. Como introducción, afirma que “existen suficientes elementos de convicción” en el caso que involucra a estas personas. Estos fueron descritos como “altamente” probables:
1. La organización criminal. Tomando en cuenta la red de corrupción que implantó Odebrecht en Latinoamérica entre el 2001 y el 2016, el juez no descarta la hipótesis fiscal de que Fuerza Popular haya recibido aportes de esta empresa brasileña. Además, valida la presunta estructura de organización criminal al interior del partido, que estaría incluso conformada por trabajadores de ONPE que no investigaron los indicios de dinero sucio.
2. El delito previo. Aquí se recuerda la ya famosa frase “Aumentar Keiko a 500”, encontrada en la agenda de Marcelo Odebrecht, y la declaración del exrepresentante de la compañía en el Perú, Jorge Barata. Este último, quien tiene calidad de colaborador eficaz, dijo en febrero de este año que, entre el 2010 y el 2011, se entregó 1 millón 200 mil dólares a Fuerza Popular (por entonces, Fuerza 2011).
3. La fuente anónima del dinero. Jaime Yoshiyama, como secretario general del partido, detalló a la ONPE en 2010 que a Fuerza 2011 habían ingresado 2 millones 125 mil 234 soles por actividades de precampaña: una rifa y dos cócteles. De la rifa no existen congruencias sobre el dinero recaudado con los tickets ni tampoco un registro de ganadores de los premios (la Fiscalía solo identificó a una persona). Sobre los cócteles, se desconoce quiénes compraron las tarjetas (el primer cóctel vendió 479 tarjetas de 250 dólares cada una y el segundo, 180 valorizadas en 500 dólares cada una). También se toma en cuenta que dos personas depositaron las sumas de 22,630 mil soles y 31,550 mil soles en cantidades muy pequeñas (existen depósitos de hasta 10 soles) entre el 14 de diciembre de 2010 (el mes en que se celebraron ambos cócteles) y el 8 de enero de 2011.
4. El ‘pitufeo’ de dinero. También se consideraron los indicios de fraccionamiento de montos para racionar el ingreso de 400 mil 939 dólares de supuesto origen ilícito. La modalidad, conocida como ‘pitufeo’, habría sido realizada por 17 de las 20 personas investigadas y comprendidas en la solicitud de detención preliminar.
5. Los aportes armados o fraudulentos. Las investigaciones fiscales señalan a 48 aportantes que habrían depositado montos similares en las mismas fechas y en las mismas agencias bancarias por un total de 731 mil 388 dólares. De esta información documentada se deduce que se habría utilizado de manera fraudulenta la identidad de cada persona. Además, se toma en cuenta que 18 de ellas negaron ser aportantes de Fuerza 2011 y 13 no tenían suficiente capacidad económica ni lograron justificar de dónde obtuvieron el dinero para aportar.
6. El uso de allegados de Yoshiyama y Bedoya. En total, 16 personas que figuran como aportantes son a la vez familiares o allegados a ambos exsecretarios del partido. Todas habrían prestado sus nombres para destinar a Fuerza Popular (Fuerza 2011) una suma conjunta de 580 mil 702 dólares.
7. La suplantación de aportantes en el sistema bancario. Según la Fiscalía, un total de 114 personas habrían sido suplantadas para reunir en depósitos bancarios la suma de 649 mil 573 dólares.
8. Lo que dicen los aspirantes a colaboradores. Cinco aspirantes a colaboradores eficaces señalaron a la Fiscalía la existencia de actos de lavado dentro de Fuerza 2011 y la obstaculización de investigaciones, además del presunto intento de compra de su silencio.
9. El financiamiento de la campaña con dinero sucio. Se toma en cuenta que en noviembre de 2011, el partido naranja gastó 1 millón 668 mil 473 soles en publicidad. Esta cantidad, sin embargo, no tiene origen claro y no fue declarada a la ONPE.
10. La sospechosa fiscalización electoral. Los 2 millones 584 mil 797 soles y los 3 millones 50 mil 261 soles que ingresaron a Fuerza Popular en el año 2010 y en el año 2011, respectivamente, nunca fueron sustentados a detalle con registros individualizados. Pese a que esto significa incumplimiento del reglamento de fondos partidarios, ONPE emitió informes obviando aquella falta.
Peligro procesal: posibles fugas y obstrucciones
11. Keiko Fujimori no tiene arraigo laboral y no acude a las citaciones. Al evaluar el pedido de detención preliminar, el juez Concepción Carhuancho también consideró la situación laboral de la investigada. Otro fundamento es la facilidad de salida del país, acreditada por Migraciones, que tendría Fujimori. La posibilidad de que la investigada, al no tener un trabajo que la ate al país, salga de él en cualquier momento configuraría un supuesto de peligro de fuga. Otro hecho tomado en consideración es la actitud de Keiko Fujimori durante las investigaciones. “No concurre cabalmente a las citaciones cursadas por el Ministerio Público”, señala el documento. En ese punto se menciona un acta de inconcurrencia de diciembre de 2017. También se dice que su calidad de investigada como jefa de una presunta organización criminal y los hechos resumidos anteriormente no favorecen la presunción de que no tratará de fugar u obstaculizar las indagaciones.
12. Latente fuga de los otros 19 investigados. De manera individual, el juez fundamenta la orden de detención de cada persona basándose en sus facilidades para salir del Perú. Si bien reconoce que algunas tienen arraigo domiciliario o laboral, también explica que la pena prevista -de 10 a 20 años de prisión- o la ausencia de los investigados en las citaciones son motivos válidos para aprobar la medida.
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