Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Entrevistas ADN
Estados Unidos mantendrá TLC pese a ola proteccionista, dice Brian Nichols
EP 1749 • 12:17
El Club de la Green Card
¿Quiénes pueden recibir la pensión de un familiar fallecido en EE.UU.?
EP 124 • 01:30
RPP Data
¿Qué hacer para que Lima Metropolitana no siga creciendo de forma desordenada?
EP 237 • 02:58

La invalorable confianza

El Congreso ha recortado las facultades que pide el Ejecutivo para legislar en materia tributaria. Aquí esbozamos las razones de ello.

La confianza es el fundamento de todo.

Cuando se pierde la confianza, es difícil -por ejemplo-, que un jefe siga confiando en su colaborador, que un contratante respete a la otra parte, que un cónyuge crea en el otro, o que un Poder del Estado respalde al otro Poder vigente.

Y eso creemos que ha pasado en el reciente pedido de facultades delegadas en materia tributaria. Porque si queremos cambios, éstos deben estar basados en la confianza de quien delega a la otra parte delegada. Es un “yo confío y te cedo el poder de legislar”.

Fíjense lo importante y trascendente del acto: “te doy mis facultades de legislar, pero este es un acto de alta gravedad e importancia, y solo te la puedo dar si confío que respetarás los principios constitucionales, más la certeza y la predictibilidad, que fomentan el cumplimiento fiscal”. Al parecer esto no ha habido.

Y nos surgen infinidad de preguntas: ¿Es pertinente medidas que saldrían al galope, a pocos días de que se cierre el ejercicio gravable 2021? ¿Es pertinente crear más impuestos cuando la recaudación está hoy al tope? ¿No es que el Estado no gasta todo lo que tiene asignado en un ejercicio? ¿Es válido cargar más a los que ya tributan, llegando esto a ser un acto evidentemente confiscatorio? ¿Se alienta así la inversión en un país que cambiaría las reglas de juego en cualquier momento, con normas que no se discuten plenamente? ¿Es serio ello? ¿Es dable cobrar más tributos a la Minería, cuando ésta ya paga en los rangos de los promedios mundiales, a la vez que viene recibiendo golpes certeros, destrucciones, incendios y cierre de vías de acceso? ¿No estamos -ante esto último- frente a mensajes contradictorios (paga tributos, pero te destruyo)? ¿O pretendemos que lo ideológico prevalezca frente a lo técnico y equitativo?

| Fuente: Freeimages

Lo sensato es que ante cada posible modificatoria (y vaya que muchas sí son realmente necesarias) el Ejecutivo lo plantee como Proyecto de Ley y el Congreso lo discuta con amplitud, análisis técnico y tiempo adecuados.

Solo así, creemos, haremos que el Perú crezca en armonía y respetando los principios tributarios constitucionalizados como son el de legalidad, igualdad, no confiscatoriedad y respeto a los derechos fundamentales de la persona. Solo así desde afuera nos verán con respeto y como país atractivo.

Es breves palabras… sólo así la inversión vendrá y la que existe crecerá. ¿O nos hemos olvidado tan rápido de la Curva de Laffer en las clases de economía?

NOTA: “Ni el Grupo RPP, ni sus directores, accionistas, representantes legales, gerentes y/o empleados serán responsables bajo ninguna circunstancia por las declaraciones, comentarios u opiniones vertidas en la presente columna, siendo el único responsable el autor de la misma.

Profesor de Derecho tributario de la Universidad del Pacífico. Abogado, con más de 20 años de experiencia en el área del planeamiento legal – tributario; con experiencia en el trabajo interdisciplinario con el área contable y financiera de las empresas.

Tags

Otros columnistas

Ver más

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Últimas noticias

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA