La ley universitaria peruana nº 30220, en sus artículos 124 y 125, tuvo la inteligencia de exigir a todas las universidades el cumplir con una gestión socialmente responsable, entendiendo ésta como gestión ética e inteligente del impacto de la institución en todos sus procesos. Es un progreso filosófico y estratégico en la concepción del rol social de la universidad que hoy muchos países latinoamericanos quieren copiar, lo que la Conferencia Regional de Educación Superior del 2018 (CRES-2018, UNESCO) resaltó al promover la responsabilidad social universitaria en vez del enfoque “limitado” de una mera Extensión separada de los procesos de formación e investigación.
La Responsabilidad Social Universitaria (RSU) no es sinónimo de proyección social y extensión solidaria, la incluyen pero es mucho más. Tal como lo estipula la Ley, retomando 20 años de reflexión académica latinoamericana, la RSU es transversal e integral. Es la responsabilidad de la institución ante los impactos que genera hacia la sociedad en todos sus procesos: administración interna del campus (empleados, comunidad académica y medioambiente), formación profesional y ciudadana del estudiantado, investigación, innovación y difusión de conocimientos, y todos los vínculos que establece con actores externos para contribuir en el desarrollo de su territorio de incidencia.
En resumen, se trata de que todo lo que haga la universidad (decidir, formar, comprar, administrar, investigar, invertir, fomentar, participar…) lo haga de forma socialmente responsable, es decir pensando en los impactos que sus actos provocarán en la sociedad y el medioambiente. Constituye un gran cambio de paradigma frente al enfoque todavía imperante de una extensión y proyección social como actividad voluntaria separada de la formación profesional y la investigación, para no decir marginada, y en todo caso mal financiada y de poca influencia y retorno.
La RSU se propone terminar con las pequeñas iniciativas asistencialistas (o incluso paternalistas) y considerar con seriedad académica el aprendizaje basado en proyectos sociales de envergadura, duraderos, cocreados con los socios externos, de impacto y escalables. Así, el estudiantado aprende resolviendo problemas sociales concretos, y sirve a su sociedad aprendiendo. Al asociar estrechamente proyección social y aprendizaje, nos obligamos a proyectos serios, interdisciplinarios, con componentes de investigación e innovación. Con la RSU, se acaba la confusión entre servicio social universitario y “chocolatadas” o “pintado de paredes” y se inserta en la formación profesional la participación en los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la ONU y el Acuerdo de París, que comprometen al país ante la comunidad mundial.
Al exigir que el quehacer institucional sea coherente con el desarrollo sostenible, se tiene que vigilar también las inversiones de las universidades: Impact Labs e incubadoras de innovación social para el desarrollo sostenible al servicio de las PYMES y la formalización de la microeconomía informal, sí. Estadio de futbol lleno de hormigón en medio del campus, no. Capacitación docente y de los administrativos para la gestión ética e inteligente de un campus modelo de buen vivir e inclusión social, sí. Distribución de víveres al colegio urbano marginal para que el rector se tome la foto, no. A ese mismo colegio, se le puede aportar desde las carreras profesionales un apoyo en gestión, investigación-acción para mejoras pedagógicas, implementación de huertos orgánicos para el aprendizaje y la alimentación sana, seguimiento longitudinal del alumnado, etc.
La RSU no remplaza la Extensión y Proyección social, como lo piensan varias universidades que sencillamente le cambiaron de nombre a la Dirección “de acorde a ley”, pero sin cambiar la práctica. La RSU coloca por primera vez a la Extensión en el corazón de la estrategia de formación e investigación de cada carrera, e incluso entre varias carreras, porque todos los problemas sociales reales son multi y trans-disciplinarios. Y coloca por primera vez a la universidad en el centro de la lucha por el desarrollo justo y sostenible del país, junto con el Estado, las empresas y la sociedad civil organizada.
Es una oportunidad que no podemos perder o malgastar en estos dramáticos momentos de crisis: hacer que un millón de estudiantes del país, junto con sus miles de profesores, cumplan con una parte importante de su quehacer de formación e investigación haciendo obras útiles para los ODS y su carrera profesional a la vez. Porque las universidades tienen un tesoro que ni el Estado, ni las empresas, ni los Organismos internacionales de cooperación tienen: jóvenes con entusiasmo para aprender, emprender, innovar, escuchar, entender y transformar a su país.
Por lo que las instancias públicas de evaluación, acreditación y promoción de la educación superior y la ciencia (SUNEDU, SINEACE, CONCYTEC), junto con el INEI y su Sistema de monitoreo y seguimiento de los indicadores de los ODS, deben de pensar cuidadosamente en los criterios básicos de calidad y en los procesos de mejora continua y excelencia que hay que aplicarles a las universidades peruanas: “responder a las demandas sociales” no es un buen criterio, porque abre la puerta al asistencialismo, el paternalismo, el amiguismo, y todas las patologías en “ismo” que ya conocemos de sobra. Tener tachos de basura de varios colores en el campus para fingir hacer reciclaje, cuando el Municipio no lo hace y los empleados juntan toda la basura en el mismo camión, tampoco es bueno, porque es la peor enseñanza posible al estudiantado: la ética es un fingir, el desarrollo sostenible es un blablá.
Hay que elegir los criterios de calidad para la RSU siguiendo a la evolución de la reflexión continental en el tema, desde los orígenes del concepto en 2001, en la Red chilena “Universidad Construye País”, hasta la Unión de Responsabilidad Social Universitaria Latinoamericana (URSULA) creada en 2016 y que agrupa a cientos de universidades en 14 países, pasando por el ex Observatorio latinoamericano de la UNESCO dedicado a la RSU (ORSALC, 2012-2020). Los indicadores RSU sí existen y son aplicables y medibles. La Unión URSULA ha producido, por ejemplo, una herramienta de 66 indicadores que ya fue aplicada en 80 universidades de 10 países latinoamericanos, entre otras muchas peruanas:
Para la gestión interna: buen clima laboral, ética, equidad de género en puestos directivos, inclusión, transparencia, sistema de gestión ambiental del campus, para hacer de la universidad un modelo ejemplar de organización ante los ojos del estudiantado: una universidad saludable, solidaria y sostenible.
Para la formación profesional: métodos pedagógicos basados en proyectos sociales y solución de problemas sociales, inclusión de la educación al desarrollo sostenible en todas las carreras (como la ONU lo recomienda), capacitación docente y rediseño regular de las mallas curriculares en coordinación con diversos actores externos que se van a ver beneficiados con los egresados de las universidades, ¡o van a tener que soportar su carente formación!
Para la investigación: promoción de la inter y transdisciplinariedad, apertura de líneas de investigación basadas en los problemas de la comunidad y los desafíos de los ODS, difusión a la ciudadanía de los conocimientos los más útiles a su bienestar y desarrollo mediante redes sociales y medios masivos, porque las innovaciones científicas y la información relevante tienen que ser conocidas y aprovechadas en sociedad. Es responsabilidad de la universidad ser un ágora de racionalidad e ilustración para su territorio de incidencia.
Para la participación social: cocrear con comunidades vulnerables proyectos duraderos, de impacto, escalables y en coordinación con las agendas nacionales e internacionales de desarrollo (ODS, Acuerdo de París sobre cambio climático). Dichos proyectos deben ser integrados en las mallas curriculares, tener altos componentes de investigación y dar lugar a sistematización y publicación académica, para acabar con el asistencialismo y el paternalismo académicos.
Estamos ante una oportunidad única, en este año del bicentenario, para que las universidades peruanas se constituyan en auténticos agentes de desarrollo, que mejoren todos sus procesos de formación e investigación participando en la mejora social. Pero estamos también ante un nuevo peligro: el artículo 125 de la Ley universitaria obliga las universidades a invertir no menos del 2% de su presupuesto en RSU. Si no se lee bien al artículo 124 que define la RSU en forma integral y transversal, si se la reduce a contribución solidaria para afuera, si se la confunde con dádivas y obsequios populistas, se abrirá la puerta a la corrupción con el disfraz de la ayuda generosa, todo lo contrario de lo que se quería. La SUNEDU y el SINEACE tienen que ser muy responsables ante los impactos sociales de sus criterios de juicio para evaluar a la responsabilidad de las universidades ante sus propios impactos sociales. Todos somos socialmente responsables.
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