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Congreso: Comisión Permanente aprueba, en primera votación, restituir el financiamiento privado a partidos políticos

El hemiciclo del Congreso de la República.
El hemiciclo del Congreso de la República. | Fuente: Andina

La iniciativa establece también que "hasta el 50 % del financiamiento público directo" que reciben los partidos podrá "ser utilizado en gastos de funcionamiento ordinario, así como en la adquisición de inmuebles, mobiliario y otros bienes necesarios para atender actividades consustanciales al objeto de la organización política, así como para la contratación de personal y servicios diversos, los que incluyen servicios de asesoría y patrocinio legal a la organización política como a sus directivos, representantes y voceros".

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La Comisión Permanente del Congreso de la República aprobó, en primera votación, el dictamen que propone restituir el financiamiento privado de personas jurídicas y dicta disposiciones para el empleo del financiamiento público.

Con 22 votos a favor, 6 en contra y ninguna abstención, se dio luz verde a esta iniciativa que establece que las organizaciones políticas pueden recibir aportes o ingresos procedentes de la financiación privada, mediante "cuotas y contribuciones en efectivo o en especie de cada aportante como persona natural y persona jurídica nacional, incluido el uso de inmuebles, a título gratuito". 

Este financiamiento no superará en un año a las 200 unidades impositivas tributarias (UIT) por aportante para cada organización política. "En ningún caso un aportante podrá aportar más de quinientas UIT al año, sin importar el número de organizaciones políticas a las que aporte", señala el dictamen.

El texto también plantea que hasta el 50 % del financiamiento público directo que reciben las agrupaciones políticas podrá "ser utilizado en gastos de funcionamiento ordinario, así como en la adquisición de inmuebles, mobiliario y otros bienes necesarios para atender actividades consustanciales al objeto de la organización política, así como para la contratación de personal y servicios diversos, los que incluyen servicios de asesoría y patrocinio legal a la organización política como a sus directivos, representantes y voceros".

"En caso de dictarse sentencia condenatoria consentida o ejecutoriada, se debe devolver el dinero empleado para tal fin", dice el dictamen.

Además, se establece que "no menos del 50 % del financiamiento público directo" será utilizado en "actividades de formación, capacitación, investigación y difusión de estas, bajo criterios de igualdad, paridad y no discriminación entre hombres y mujeres". 

"Estas actividades pueden estar orientadas a los procesos electorales convocados e involucrar realización de encuestas, desarrollo de sistemas informáticos o herramientas digitales y procesamiento masivo de datos, así como la implementación o mantenimiento de canales o plataformas institucionales de comunicación como publicaciones en medios físicos o digitales u otras homólogas", se lee en el texto.

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