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Informe del Minjus considera "viable con observaciones" propuesta de prescripción de delitos de lesa humanidad

El informe técnico hace referencia a dos sentencias del TC sobre la materia | Fuente: Composición RPP

El informe técnico remitido al viceministro de Justicia señala que la autógrafa del Congreso "resulta conforme" a lo establecido por el TC, en cuanto "la acción penal no puede exceder los límites constitucionales" en perjuicio de los procesados.

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Congreso

El informe técnico hace referencia a dos sentencias del TC sobre la materia

El pasado 4 de julio, la Comisión Permanente aprobó en segunda votación la ley que busca delimitar los crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra cometidos antes del 2002; y cuatro días después remitió la autógrafa de ley al Ejecutivo para su eventual promulgación. 

Al respecto, un informe técnico de la Dirección de General de Asuntos Criminológicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus), remitido al viceministro de Justicia, Juan Alcántara Medrano, consideró que la propuesta parlamentaria es "viable" pero con "observaciones". 

Dicha opinión técnica legal, según indica el referido informe al que RPP tuvo acceso, se basa en dos sentencias del Tribunal Constitucional (TC) sobre la materia, una del 2010 y otra del 2015. 

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¿Cuáles son las observaciones que señala el informe?

El informe técnico indica que "el ordenamiento peruano incluye la figura de prescripción de la acción penal para limitar la facultad punitiva del Estado debido a la disminución de los efectos del hecho criminal en el transcurso del tiempo"; sin embargo, señala que esto "debe observarse e interpretarse en el marco de todas las herramientas jurídicas internacionales y la jurisprudencia nacional e internacional respecto a los delitos más graves", tales como los delitos de lesa humanidad y los crímenes de guerra.

En ese sentido, indica que una sentencia del TC, del año 2010, concluye que "no procede la imprescriptibilidad en los casos de delitos por lesa humanidad", ya que, de ser así, "se vacía de contenido el derecho fundamental a la verdad, privando a la víctima y a sus familiares (...) y a la sociedad toda (...), de conocer la realidad de una circunstancia que (...) ha generado un daño en el derecho fundamental a la vida, a la integridad personal, a la libertad y/o a la igualdad, de muy difícil o, en su caso, imposible reparación”. Vale resaltar que, según el informe, esta sentencia "integra y recoge las conclusiones de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH).

Sin embargo, el informe también hace referencia a otra sentencia del TC, del año 2015, que contiene, según se indica, "una posición contraria" al fallo anterior del 2010. En esa línea, señala que el Congreso aprobó la imprescriptibilidad de esos delitos "efectuando estricta y expresa reserva sobre su carácter retroactivo, por lo que este no aplica para el Perú".

Por ello, la Dirección de General de Asuntos Criminológicos del Minjus indica que "a pesar de que existen dos posiciones del TC respecto a la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad en el Perú", existe también una "posición más reciente" de dicha instancia  en la que se establece "que no es posible aplicar retroactivamente la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad de Naciones Unidas, en tanto su aprobación se realizó efectuando estricta y expresa reserva sobre su carácter retroactivo, no resultando posible, en consecuencia, la aplicación de la imprescriptibilidad".

"Respecto a este último pronunciamiento del TC, se debe precisar que el ejercicio de la acción penal no puede exceder los límites constitucionales en perjuicio de las personas procesadas", indica.

"Este límite constitucional se encuentra vinculado al contenido del derecho al plazo razonable del proceso, el cual forma parte del derecho fundamental al debido proceso, siendo la prescripción de dicha acción penal una garantía de todo ciudadano frente a la actividad judicial del Estado, la autógrafa resulta conforme a lo desarrollado por el máximo intérprete de la Constitución", puntualiza. 

¿Qué ha dicho el Ejecutivo sobre la autógrafa de ley?

El pasado 8 de julio, la presidenta de la república, Dina Boluarte, en una conferencia de prensa, fue consultada sobre la posición del Gobierno respecto a la referida autógrafa de ley, a lo que la mandataria respondió que aún no había llegado al Ejecutivo.

"Respecto al proyecto de Ley de Lesa Humanidad, aún no ha llegado al Ejecutivo. Por lo tanto, esperaremos el plazo correspondiente para su revisión por parte de los sectores pertinentes, y estaremos atentos a ese proceso”, indicó la jefa de Estado. 

No obstante, ese mismo día, el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, indicó que la mandataria y el presidente del Congreso, Alejandro Soto, habían remitido una carta a la Corte IDH expresando su rechazo por el pedido que realizaron para no aprobar la ley contra crímenes de lesa humanidad. 

"No tenemos ninguna razón, de momento, para excluirnos de la competencia de la Corte IDH. Lo que quiero mencionar es que la presidenta de la República y el titular del Parlamento han enviado una carta de respuesta a la resolución que ha emitido a la Corte IDH y en esa carta de respuesta firmada por los dos titulares de los poderes de estado electos han hecho saber (...) el profundo rechazo que les ha merecido esta resolución", expresó.

Asimismo, el premier indicó que la autógrafa de la ley de prescripción de delitos de lesa humanidad sería evaluada por el Consejo de Ministros en cuanto llegue a ese instancia. Esta posición ha sido compartida por los ministros de Desarrollo e Inclusión Social y de Cultura.

"Como saben, esto se ha aprobado por segunda votación, esto todavía no llega al Ejecutivo. Nosotros respetamos las decisiones que toma el Congreso. Cuando llegue al Ejecutivo se evaluará la observación o no observación, como toda norma que tiene este procedimiento”, sostuvo Julio Demartini, titular del Midis, el pasado 6 de julio.

No obstante, Demartini cuestionó que se trate de una ley que busque la impunidad de crímenes de lesa humanidad, sino que, según dijo, todas las normas que aprueba el Legislativo tienen "el sentido de generar una mejor sociedad".

"No creo que [la propuesta] deba entenderse como impunidad. Todas las normas, las cuales todos los ciudadanos estamos obligados a obedecer, tienen un sentido, sobre todo el sentido de generar una mejor sociedad, construir una mejor nación. No creo que la idea sea impunidad, creo que los legisladores habrán evaluado por qué están proponiendo esta norma”, señaló. 

En ese sentido, Julio Demartini indicó que se tendrá "un diálogo con el Congreso y el Poder Judicial" para "tomar una decisión como Estado".

“Son importantes siempre los organismos supranacionales, pero siempre tenemos que tener una posición de país que vaya en relación a nuestros intereses y a lo que nosotros queremos fortalecer en políticas públicas internas”, resaltó.

Por su parte, la ministra de Cultura, Leslie Urteaga, remarcó que el Ejecutivo tendrá una posición al respecto tras hacer la evaluación de la propuesta en sesiones de Consejo de Ministros.

"Como ya lo ha dicho el premier, vamos a esperar que llegue al Ejecutivo, se evaluará por los órganos pertinentes y seguramente después del análisis tendremos una posición al respecto", aseveró.

"Siempre hemos dicho que se respetan los fueros, hay seguramente una necesidad de tener un análisis al respecto, y seguramente en los próximos consejos de ministros se evaluará el tema y tendremos una posición como Ejecutivo", acotó.

Informes RPP

¿Adecuada aplicación del delito de lesa humanidad o impunidad?

La Comisión Permanente del Congreso de la República aprobó en segunda votación el dictamen para declarar la prescripción de ciertos delitos que fueron considerados como crímenes de lesa humanidad y de guerra cometidos antes de julio de 2002. La propuesta ya había originado la preocupación de un comité de las Naciones Unidas y una audiencia en la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Conozcamos en qué consiste la propuesta que todavía debe ser sometida a una segunda votación.

Informes RPP | podcast
¿Adecuada aplicación del delito de lesa humanidad o impunidad?

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Luis Felipe Rodriguez Jimenez

Luis Felipe Rodriguez Jimenez Redactor web / Periodista

Periodista formado en las aulas sanmarquinas. Trabajo en temas políticos y culturales

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