El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundada la apelación de Somos Perú y confirmó la decisión que, en primera instancia, había dejado fuera a la parlamentaria por contar con una sentencia firme por el delito de falsa declaración.
La congresista de Somos Perú, Ana Zegarra, no continuará en la carrera electoral como candidata a diputada por la región Loreto.
El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundada la apelación presentada por su partido y , por tanto, confirmó la decisión que, en una primera instancia, aceptó una tacha en su contra por contar con una sentencia firme por el delito contra la Administración Pública.
El colegiado evaluó el caso de Zegarra el miércoles 21 de enero, durante una audiencia pública virtual. En dicha sesión, la defensa legal de la congresista, Michell Samaniego, sostuvo que el Jurado Electoral Especial (JEE) de Maynas, que evaluó el caso en una primera etapa, le habría impuesto una “muerte civil”, pese a que —según argumentó— su situación jurídica “es provisional”.
Asimismo, indicó que la parlamentaria “mantiene intacto su estado de inocencia” y que el fallo en su contra “aún es revisable”, debido a que existen recursos pendientes de resolución.
La resolución con el detalle de la decisión del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones se conocerá en las próximas horas.
¿Qué ocurrió en el caso de Ana Zegarra?
El caso se originó en el Jurado Electoral Especial (JEE) de Maynas, que aceptó la tacha presentada por la ciudadana Leydi Margarita Iriarte Salas. En su recurso, la ciudadana sostuvo que la candidata debía ser apartada del proceso electoral por encontrarse impedida de postular a cargos de elección popular al tener una condena vigente.
Según la resolución del JEE, la prueba documental acredita que Ana Zadith Zegarra Saboya fue juzgada y condenada por el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Alto Amazonas – Yurimaguas, dentro del proceso penal N.° 01202-2019-72-2210-JR-PE-01.
En dicho proceso se emitió la resolución N.° 13, del 6 de junio de 2023, que la condenó por el delito contra la Administración Pública, en la modalidad de falsa declaración en procedimiento administrativo, tipificado en el artículo 411 del Código Penal, en agravio del Estado Peruano–Jurado Nacional de Elecciones.
Esta sentencia fue confirmada en segunda instancia por la Sala Mixta Permanente de Alto Amazonas-Yurimaguas en junio del 2025.
En su hoja de vida presentada ante la autoridad electoral, la congresista declaró contar con tres sentencias penales, dictadas en los años 2014, 2015 y 2025, por distintos juzgados de Maynas y Alto Amazonas, vinculadas a delitos contra la fe pública.
Respecto al fallo del año 2025, la candidata informó que interpuso un recurso de queja, el cual se encuentra en trámite ante la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, y que al momento de la inscripción aún estaba pendiente de resolución.