A través de su presidente Vladimir Meza, el partido político remarcó que la situación legal del candidato está resuelta. Experto en derecho electoral precisa que solo deben declararse las sentencias condenatorias firmes en las hojas de vida.
El partido político País Para Todos respaldó a su candidato presidencial Carlos Álvarez al señalar que no cuenta con ninguna condena firme que lo obligara a declarar tal información en la hoja de vida que presentó ante el Jurado Nacional de Elecciones, uno de los requisitos indispensables para que su candidatura sea admitida.
En 2002, Carlos Álvarez afrontó un proceso judicial por el delito de peculado, por el cual fue condenado en primera instancia a cuatro años de prisión. La tesis fiscal acusó al excomediante de recibir pagos periódicos de dinero entre 1999 y 2000, por parte del exasesor presidencial Vladimiro Montesinos.
Sin embargo, cinco años después, tras haber presentado una apelación ante la Corte Suprema, la Primera Sala Penal Transitoria lo absolvió el 05 de diciembre de 2007.
Vladimir Meza, presidente de País Para Todos, sostuvo que la situación legal de su candidato presidencial se encuentra plenamente resuelta y que no existe omisión alguna en la información presentada ante las autoridades electorales.
“Ese fallo cerró el caso y anuló cualquier referencia previa; por lo tanto, no había nada que consignar en su hoja de vida. Carlos Álvarez ha actuado conforme a la ley y con total transparencia. Mientras algunos intentan confundir, nosotros hablamos de soluciones concretas, de seguridad, de orden y de trabajo”, indicó a RPP.
El propio candidato también realizó sus descargos a través de un video publicado en sus redes sociales oficiales.
“Es cierto que en la primera fase del juicio tuve una sentencia, pero luego apelé a la instancia superior, porque me sabía inocente, y di la cara, me enfrenté a la justicia, yo no me escondí, no me fugué ni me asilé en ningún país. Tampoco pedí que anulen mi juicio, tampoco me mantuve prófugo de la justicia”, señaló.
¿Debió o no consignar la condena?
Al respecto, el experto en derecho electoral, José Manuel Villalobos, señaló que la ley electoral es muy precisa sobre las obligaciones de los candidatos al momento de declarar condenas en sus declaraciones juradas.
“El artículo 23.3 numeral 5 de la Ley de Organizaciones Políticas claramente señala que en la hoja de vida se declaran las sentencias condenatorias por delito doloso que hubieran quedado firmes. En el caso de Carlos Álvarez, se advierte que la sentencia que tuvo en primera instancia no quedó firme porque la Corte Suprema declaró haber nulidad y lo absolvió del delito. Esa sentencia, al no haber quedado firme, no tenía que declararla en su hoja de vida”, explicó el experto.
La sentencia absolutoria de Carlos Álvarez también ordenó la anulación de los antecedentes judiciales y policiales generados producto de ese proceso judicial.
Sin embargo,tras una revisión de sentencias penales en las hojas de vida de más de 200 candidatos, RPP pudo comprobar que, al menos, ocho de ellos sí declararon en sus hojas de vida sus sentencias, aun cuando fueron absueltos de sus casos.