En nuestro Consultorio Legal de RPP Noticias, la abogada de familia Lorena Fernández explicó las características de ambos regímenes patrimoniales para tener en cuenta antes de contraer matrimonio.
Uno no conoce a la pareja hasta que llega a los juzgados de familia, reza un dicho popular. Es por ello que es de suma importancia estar informado sobre la institución jurídica del matrimonio antes de pensar en ello. En el Consultorio Legal de RPP, la abogada de familia, Lorena Fernández, nos explica que en nuestro país existen dos formas de regímenes patrimoniales a las que uno puede acceder si se casa: la separación de patrimonios y los bienes mancomunados.
La separación de patrimonios es la modalidad en la que cada uno de los miembros será dueño exclusivo de los bienes que adquiera dentro del matrimonio, mientras que cuando hablamos de bienes mancomunados nos referimos a que todo lo adquirido pertenecerá a ambos en partes iguales.
La elección de la modalidad del patrimonio se puede realizar antes de casarse o ya dentro del matrimonio. No es obligatorio que antes de casarse las parejas se pongan de acuerdo en ello.
No obstante, los bienes adquiridos por herencia son personalísimos y le corresponde únicamente al que los recibió. Del mismo modo, los bienes que se obtienen antes del matrimonio o la convivencia son personales.
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¿Cómo se dividen los bienes mancomunados?
En la modalidad de los bienes mancomunados, al momento de la repartición, sea una separación o un divorcio, los bienes siempre van a ser divididos en partes iguales por ambas personas.
Es importante aclarar que no importa si uno de ellos dio más o uno de ellos dio menos, la división será del 50% para cada uno.
Este régimen se extiende también para los convivientes formales; es decir, aquella convivencia que es legal y ha sido inscrita en registros públicos.
¿Cuál es la mejor opción?
La abogada Lorena Fernández sugirió analizar la idea de decantarse por el régimen de bienes separados para que si en algún momento ese matrimonio termina, no se vean perjudicados y se lleven los bienes con los que ingresó, y así evitar que una de las partes saque beneficio de la otra.
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