La medida responde a la investigación que se le sigue a la parlamentaria Magaly Ruíz por la comisión del presunto delito de concusión en concurso real con el delito de colusión agravada en perjuicio del Estado.
Judiciales
El juez Checkley dispuso que, ejecutada la presente medida restrictiva de derechos por el Ministerio Público, deberá dar cuenta del resultado
El Poder Judicial autorizo levantar el secreto de las comunicaciones de la parlamentaria Magaly Ruiz, a quien se le atribuye un presunto recorte de las remuneraciones a trabajadores de su despacho congresal.
El juez supremo Juan Carlos Checkley adoptó está medida al declarar fundado el requerimiento que hizo el último 31 de enero el Área de Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales de la Fiscalía de la Nación.
Mediante una resolución emitida el último 6 de mayo , el magistrado Checkley Soria dispuso que las principales empresas de operadoras del servicio de telecomunicaciones del Perú remitan al mencionado despacho fiscal información sobre el registro histórico de llamadas y mensajes de texto de los números celulares registrados a nombre de la legisladora en el periodo comprendido desde el 1 de noviembre del 2021 al 30 de junio del 2022.
Checkley Soria también declaró fundado el extremo del requerimiento fiscal para que se autorice la intervención de las comunicaciones históricas de Jaime Edward Sánchez Parra del 1 de enero al 30 de junio del 2022, y de Camila Melissa Mantilla Heredia entre el 1 de noviembre del 2021 al 31 de marzo del 2023.
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Magaly Ruíz es investigada por concusión y colusión agravada
Como se recuerda, el último 17 de abril, la defensa legal de la congresista Magaly Ruíz presentó un escrito en el que comunica al Poder Judicial que su patrocinada autoriza el levantamiento del secreto de sus comunicaciones.
En tanto, el juez Checkley dispuso que, ejecutada la presente medida restrictiva de derechos por el Ministerio Público, deberá dar cuenta del resultado para el control respectivo.
Asimismo, determinó que la ejecución de la presente medida por parte del Ministerio Público recurrente deberá efectuarse única y exclusivamente para los fines a que se contrae la presente investigación, bajo responsabilidad funcional en caso de incumplimiento.
El último 24 de abril, el fiscal de la Nación Interino Juan Carlos Villena presentó una denuncia constitucional ante el Congreso de la República contra la legisladora Magaly Ruiz como presunta autora del delito de concusión en concurso real con el delito de colusión agravada en perjuicio del Estado.
Es decir, a Ruíz se le investiga por obligar o inducir a una persona a dar o prometer un beneficio patrimonial mediante el abuso de su cargo (concusión, reprimido con pena privativa de la libertad de dos a ocho años) y por defraudar al Estado sirviéndose de su cargo para intervenir en una contratación pública (colusión agravada, reprimido con pena privativa de la libertad de seis a 15 años).
En este caso, se ha aplicado el concurso real, que implica que se sumarán las penas privativas fijadas por el juez, cuyo tope será o bien el doble de la pena del delito más grave o bien 35 años, salvo que el delito sea sancionado con cadena perpétua, donde se aplicará únicamente esta pena.
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