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Jueza que condenó a sujeto por acosar a periodistas afirmó que Fiscalía nunca solicitó su detención

La jueza Emma Tambini indicó que el Poder Judicial no puede actuar de oficio ni detener y menos ordenar prisión preventiva contra ningún imputado si no hay un requerimiento fiscal previo.
La jueza Emma Tambini indicó que el Poder Judicial no puede actuar de oficio ni detener y menos ordenar prisión preventiva contra ningún imputado si no hay un requerimiento fiscal previo. | Fuente: Poder Judicial

La jueza, Emma Tambini, informó que -ante el pedido de un representante del Ministerio Público- se programó para este viernes la audiencia de revocatoria de la suspensión de la pena contra Hialmar Laynes Sánchez por acosar nuevamente a la periodista Manuela Camacho.

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La jueza Emma Tambini Monge, titular del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Molina, aclaró que el Poder Judicial no puede actuar de oficio ni detener y menos ordenar prisión preventiva contra ningún imputado si es que no existe un requerimiento fiscal previo.

La magistrada hizo esta aclaración ante las acusaciones de que, al haber dejado en libertad a Hialmar Laynes Sánchez, la periodista Manuela Camacho fue nuevamente víctima de acoso por parte del sentenciado sujeto.

En ese sentido, informó que el Ministerio Público nunca solicitó la detención preventiva contra Laynes Sánchez cuando este fue detenido, el pasado 29 de julio, por haber violado las reglas de conductas impuesta por el Décimo Segundo Juzgado de Familia de Lima, en el proceso que enfrenta por el delito de acoso en agravio de Camacho Jaramillo.

“Si el Ministerio Público hubiera presentado un requerimiento de prisión preventiva, yo hubiera declarado fundada la demanda debido a que el entonces imputado no acreditaba ningún tipo de arraigo”, afirmó.

Programan audiencia

Sobre la condena de cinco años de prisión suspendida que dictó contra el mencionado sujeto, explicó que fue emitida tras un acuerdo previo entre el Ministerio Público y la defensa del procesado, quienes acordaron la pena y el pago de la reparación civil.

Asimismo, manifestó que lo que corresponde ahora es revocar la pena suspendida por efectiva -previo requerimiento fiscal- debido a que el acusado violó las reglas de conducta de la sentencia de terminación anticipada, lo cual implicaba no comunicarse y menos acosar a la agraviada.

Por ello, ante un pedido de un representante del Ministerio Público, Tambini Monge dio a conocer que la titular del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de la Molina programó para este viernes, 16 de agosto, desde las 9:00 a.m., la audiencia de revocatoria de suspensión de la pena y variarla por efectiva.

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